
Dicha disposición está contenida en la resolución 104/2018, la cual prohíbe también cualquier embarcación, objeto, instrumento o equipo que entrañe un peligro a los bañistas y personas que se encuentren en todas las playas y balnearios del territorio nacional.
Asimismo, se establece que sin perjuicio a lo establecido en dicha resolución, se permitirá el transporte marítimo en la Laguna Gri-Gri, Isla Saona, Isla Catalina y Cayo Levantado, siempre y cuando se realicen en embarcaciones reguladas por el Ministerio de Turismo, se indica en una comunicación de prensa de esa institución.
Mitur dice que es la encargada de velar y coordinar con las demás instituciones del estado todas las medidas que garanticen la integración física y el disfrute de los turistas en un ambiente familiar en los citados lugares.
El Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR), es la institución que debe velar para dar cumplimiento a esta resolución, así como el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional, Abogado del Estado, Ministerio Público, Dirección General de la Defensa Civil, Comité de Operaciones Especiales (COE), entre otras, agrega.
La medida se extiende a cualquier tipo de embarcación objeto, instrumento o equipo que entrañe un peligro a los bañistas